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Hoy es: 

Se deben respetar los derehos de los Pueblos Indígenas no importa su origen


Iniciativa: Ley General de los Pueblos Y Comunidades Indígenas del Estado de Durango y Ley que Establece el Catálogo de Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado De Durango.


La presenta la diputada: Dip. Sandra Luz Reyes Rodríguez.

Motivos: Reformas y adiciones a la ley que establece el catálogo de pueblos y comunidades indígenas del Estado de Durango, con la finalidad de establecer que los indígenas procedentes de otra entidad federativa o de otro país, que transiten o residan temporal o permanentemente dentro del territorio del Estado, serán sujetos de las obligaciones y derechos de la presente Ley; por lo anterior, se les reconoce el derecho a la protección de sus costumbres, usos, tradiciones, lengua, religión, indumentaria y rasgos culturales.


Ampliación de motivos:


• Quienes pertenecemos a alguna de las comunidades indígena luchamos por conservar rasgos culturales específicos que se manifiestan en sus formas de vida comunitaria, la comunicación oral a través de la lengua materna, la relación con el hábitat, un sistema de conocimientos propios y la práctica de la medicina tradicional.

• Así, la preservación de su identidad étnica y cultural se encuentra íntimamente ligada al funcionamiento de las instituciones sociales y políticas, es decir, al ejercicio de nuestros sistemas normativos internos.

• La cosmovisión y filosofía de los pueblos originarios se expresa en la simbología lingüística, en la manera de percibir el mundo, de concebir la relación del hombre con la naturaleza y de la interacción de las relaciones humanas, que inspiradas de un profundo misticismo y religiosidad, permiten y moldean todas las instituciones de las sociedades indígenas: familia, religión, gobierno y relaciones de producción.

• El censo de población y vivienda 2020 del inegi precisa que, en méxico, 11.7% de la población que habla una lengua indígena es migrante absoluto; es decir, cerca de 900 mil personas con esta característica viven en una entidad federativa distinta a la de su nacimiento.

• Las migraciones internas en general, pueden ser de carácter temporal o permanente e incluyen a las personas que se han visto desplazadas de su lugar de residencia habitual, como los desplazados internos, y las personas que deciden trasladarse a un nuevo lugar, por ejemplo, en el caso de la migración de zonas rurales a zonas urbanas.

• En este sentido, la migración interna, como fenómeno económico y sociocultural, revela procesos vinculados con desigualdades estructurales que se hacen visibles a través del grado de acceso a oportunidades para el bienestar y desarrollo a nivel regional, así como de la persistente asimetría económica a nivel nacional, evidente en la prosperidad de algunas entidades federativas en comparación con otras.

• La desigualdad en los ingresos a nivel regional, la pobreza extrema, el desempleo estructural e incluso la violencia en ciertas regiones, son detonantes fundamentales de la migración interna, lo que se traduce en grandes retos para las poblaciones en situación de movilidad, para autoridades y poblaciones locales y asentadas en los lugares de llegada.

• Situaciones como las anteriormente descritas, han impulsado la proliferación en zonas urbanas de asentamientos de hermanos indígenas que se encuentran haciendo vida comunal en colonias, barrios o fraccionamientos de localidades de más de 2,500 habitantes en el estado, y que, por estar precisamente dentro de la mancha urbana establecida, no tienen la posibilidad de ser reconocidas como poblaciones indígenas.

• Sin embargo, este hecho no debe impedir que los habitantes de dichos asentamientos y que son parte de comunidades de pueblos originarios, no puedan tener acceso a los derechos que consagra tanto la constitución federal, la particular del estado y la norma jurídica que se plantea modificar.


• Por lo anterior, es que ponemos a la consideración de los integrantes de esta legislatura las adecuaciones al marco jurídico relativo a las comunidades y pueblos indígenas de nuestro estado.

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