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Hoy es: 

Estancias infantiles deben ser un derecho para nuestra infancia.


Iniciativa: Modificación del artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos


Diputado: Silvia Patricia Jiménez Delgado


Objetivo: Incluir el servicio de estancias infantiles en la Constitución Federal para garantizar por esa vía, entre otras, el desarrollo integral de nuestras niñas y niños.

Ampliación de Motivos:


• El Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, propone la modificación del artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para incluir un nuevo párrafo en el que se especifique que las niñas y niños de nuestra nación, menores de cuatro años tienen derecho a recibir protección y asistencia del Estado mediante la prestación de servicio de guardería a través de las estancias infantiles que al efecto se constituyan bajo las reglas de operación que la federación establezca para tal fin.


• Además, se contempla que dicho beneficio, para el caso de las niñas y niños que padezcan alguna discapacidad, podrá ampliarse hasta antes de cumplir siete años de edad.


• La primera infancia es una etapa crucial para el desarrollo óptimo y sano de toda persona, por lo que la atención, cuidado, alimentación y directrices que se ofrezcan en ese tiempo, resultan determinantes para el resto de la vida del ser humano.


• Para finales del primer trimestre del año pasado, se estimaba que únicamente el 3% de las niñas y niños de hasta seis años de edad acudían a estancias infantiles o guarderías públicas, y solo el 1% a estancias o guarderías privadas.


• Lo mencionado, nos hace ver que en los hechos es prácticamente inexistente el acceso a un servicio de guardería o estancia infantil y para la mayoría de las personas resulta desconocida la existencia o ubicación de alguna de ellas.


• El programa de estancias infantiles, que operó desde 2007 a finales del 2018, hacía funcionar a más de 9,000 estancias que atendían a más de 300,000 niñas y niños, hijos de madres que no contaban con seguro social.


• A la fecha, el programa que supuestamente vino a reemplazar ese beneficio, pretendiendo entregar directamente los apoyos económicos a las madres trabajadoras, que cabe decir que la mayoría de las madres en México ni siquiera sabe de su existencia y forma de acceder al mismo, ha sido, como ya es costumbre, a todas luces insuficiente e ineficiente.


• El cierre de guarderías y estancias infantiles que venían funcionando, si no de manera perfecta, si de manera satisfactoria para cientos de miles de implicados, significó un retroceso en la aplicación del principio de interés superior de las niñas y niños contemplado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


• Ahora, para subsanar la falta de estancias infantiles, muchas mujeres madres de familia han tenido que dejar de trabajar, o en el mejor de los casos, han tenido que buscar trabajos de medio tiempo o dejar sus hijos a cargo de familiares para poder acceder a una remuneración que contribuya a la alimentación de ellas mismas y de sus hijos.


• Cabe decir que, para las pocas madres trabajadoras que han podido obtener el beneficio que se les puede brindar para el cuidado de sus hijos, resulta notoriamente insuficiente, siendo menor a la cantidad de dinero que el Estado aportaba a las estancias infantiles por cada niño que se encontraba bajo su cuidado, además de lo que ha representado el aumento a los productos de la canasta básica y en general a todos los servicios desde el año 2019 a la fecha.


• Lamentablemente, al día de hoy no existe un programa, una acción o políticas públicas sólidas que propicien el provecho que se obtenía del otrora programa de estancias infantiles.


• En relación con lo anterior, consideramos que, al igual que las pensiones para adultos mayores de nuestro país, se debe incluir el servicio de estancias infantiles en la Constitución Federal para garantizar por esa vía, entre otras, el desarrollo integral de nuestras niñas y niños, además de que blindaría dicho beneficio de corrientes políticas que desestimen dicho servicio y mal entiendan el principio de interés superior de la niñez, pues, al elevarlo a rango constitucional, sería obligatoria su aplicación.


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