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TEPJF ordena a la Comisión de Elecciones de Morena resolver y justificar registro de dos precandidat

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    LF
  • 6 mar 2019
  • 1 Min. de lectura

La Sala Superior consideró que los partidos políticos se encuentran obligados constitucionalmente a fundar y motivar sus determinaciones.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por unanimidad de votos, el dictamen de aprobación de registro de precandidaturas del partido político Morena a la gubernatura de Puebla, en la parte conducente al registro de José Luis Ortega Morales y Ramiro León Flores.

El Pleno de Sala Superior dio la razón a los actores al indicar que la Comisión de Elecciones de Morena no precisó las razones y motivos por los que no fueron considerados, a pesar de tener la obligación constitucional y legal de expresar cuáles fueron los requisitos que habrían cumplido y cuáles no, como precandidatos a la gubernatura de Puebla, en atención a consideraciones específicas de sus perfiles.

En sesión pública, las magistradas y magistrados señalaron que los partidos políticos se encuentran obligados constitucionalmente a fundar y motivar sus determinaciones, lo cual impacta directamente en el derecho de acceso a la justicia de los militantes.

En consecuencia, el Pleno ordenó a la Comisión de Elecciones que, de inmediato, emita un nuevo resolutivo para determinar si procede o no el registro de Ortega Morales y León Flores como precandidatos a la gubernatura de Puebla, tomando en cuenta que la etapa de precampaña terminó el 5 de marzo, y motive y argumente su respuesta. (Asunto: SUP-JDC-41/2019)

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